IVA Infoproductos

el iva de los infoproductos

IVA INFOPRODUCTOS

Los infoproductos tienen la consideración de servicios electrónicos y como tales, existen unas reglas de localización, en cuanto a la aplicación del IVA correspondiente.

Para establecer las reglas de localización hay que distinguir si el destinatario de nuestro infoproducto es empresa/profesional o es particular (consumidor final).

supuestos

Venta infoproducto en España:

venta infoproductos España

Aquí no hace falta distinguir si el destinatario es empresa o particular, ya que hay que aplicar en ambos casos el IVA del 21%.

Venta info Producto en Canarias:

mapa infoproductos canarias

Si el destinatario de este es una empresa/profesional, se aplica la regla de la inversión del sujeto pasivo (el destinatario declara e ingresa el IGIC, y a su vez se lo deduce, por lo que la operación es neutra).

Si el destinatario de este es un particular, hay que aplicar el IVA del territorio donde se encuentra éste, por lo que hay que aplicar el IGIC y declararlo en Hacienda a través del modelo 420

Venta de infoproducto en un estado miembro de la UE:

mapa infoproductos Europa

Si el destinatario de este es una empresa/profesional, si yo prestador y mi cliente nos encontramos inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios, nos encontramos ante una operación intracomunitaria (factura no sujeta a IVA y el cliente/destinatario declara e ingresa el IVA y a su vez se lo deduce, por lo que la operación es neutra).

Si el destinatario de este es un particular, aquí hay que distinguir:

  • Si el importe de estos servicios prestados a particulares de otros estados miembros no excede de 10.000 euros (IVA excluido), se puede aplicar el IVA correspondiente a donde nos encontramos (21%) o se puede aplicar el IVA del estado miembro donde el cliente esté establecido o resida.
  • Si el importe de estos servicios prestados a particulares de otros estados miembros excede de 10.000 euros (IVA excluido), se aplica el IVA del estado miembro donde el cliente resida. En este caso tenemos que darnos de alta en el régimen de Mini Ventanilla única (mod. 034) para declarar e ingresar el IVA correspondiente (modelo 368).

Venta de info Producto a una empresa/profesional o particular no comunitario:

En este caso nos encontramos ante una operación no sujeta (se aplica la regla inversión sujeto pasivo comentada anteriormente). En caso de que el destinatario sea una empresa/profesional, éste ha de declarar el impuesto correspondiente y a la vez se lo deduce. 

En caso de que el destinatario sea un particular, habría que aplicar el impuesto correspondiente y realizar en dicho país la liquidación de ese impuesto. En este caso, dada la complejidad que ello supone, lo recomendable, aunque no sería del todo correcto, sería o bien aplicar el IVA español, considerarlo como empresa o profesional (inversión del sujeto pasivo). Otra opción, ésta sí que sería correcta, sería vender el infoproducto a través de una plataforma y facturar a ésta por los infoproductos vendidos.

Cualquier duda que puedas tener a la hora de facturar y aplicar el IVA de este tipo de productos, no dudes en ponerte en contacto con nosotras en  www.leireroldan.com.